IMSS e INFONAVIT al Renunciar o ser Despedido: Qué Pasa con tus Derechos
Equipo Editorial de Finiquito Express
Contenido verificado contra la LFT, la LISR y publicaciones del DOF
Cuando termina una relación laboral, una de las primeras preocupaciones de los trabajadores es su seguridad social: ¿seguiré teniendo servicio médico?, ¿qué pasa con mis ahorros del INFONAVIT?, ¿puedo retirar algo de mi AFORE? En esta guía respondemos cada una de estas preguntas con base en la legislación vigente.
¿Qué pasa con el IMSS cuando termina tu relación laboral?
Al separarte de tu empleo, tu empleador tiene la obligación legal de reportar tu baja ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de separación, conforme al Artículo 15 de la Ley del Seguro Social (LSS). Esta gestión es responsabilidad exclusiva del patrón; tú no necesitas hacer ningún trámite para la baja.
¿Conservas cobertura médica después de darte de baja?
Sí, por un período limitado. El Artículo 109 de la Ley del Seguro Social establece la figura de la "conservación de derechos": si tuvieras un mínimo de 8 semanas de cotización inmediatas previas a la baja, conservas derecho a los servicios del IMSS durante un período igual a la mitad del tiempo que cotizaste en los últimos 3 años, con un mínimo de 8 semanas y un máximo de 52 semanas (un año).
En términos prácticos, la mayoría de los trabajadores conserva acceso a consultas y servicios de salud del IMSS por al menos 2 meses después de perder el empleo.
Verifica que tu patrón te haya dado de baja
Si la empresa no reporta tu baja, podrías tener problemas al registrarte con un nuevo empleador. Puedes verificar tu situación en el portal del IMSS (imss.gob.mx) con tu CURP o número de seguridad social, o acudiendo a la ventanilla del IMSS más cercana.
¿Qué pasa con tu subcuenta del INFONAVIT?
El INFONAVIT administra la subcuenta de vivienda de tu cuenta individual del AFORE, a la cual tu empleador aportó el 5% de tu salario base de cotización mensualmente. Al terminar la relación laboral, esta subcuenta no desaparece ni la pierdes; el saldo permanece en tu cuenta y sigue siendo tuyo.
¿Puedo retirar el saldo de mi subcuenta de vivienda al dejar el trabajo?
No en circunstancias normales. Los recursos de la subcuenta de vivienda solo pueden retirarse en los siguientes casos:
- Al obtener un crédito INFONAVIT para adquisición, construcción o mejora de vivienda (se aplica como enganche o amortización).
- Al cumplir 65 años de edad, momento en que puedes retirar el saldo total si no usaste el crédito.
- En caso de incapacidad total permanente o fallecimiento (beneficiarios).
Lo importante es que el dinero se mantiene en tu subcuenta y continúa generando rendimientos según la tasa que fija el INFONAVIT anualmente, aunque ya no estés empleado.
El Seguro de Desempleo del IMSS: cómo funciona
Desde la reforma a la Ley del Seguro Social, existe una prestación de desempleo que permite a los trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria retirar una parte de su subcuenta de retiro (AFORE). Los requisitos son:
- Haber quedado desempleado de forma involuntaria (aplica también en renuncias en ciertos supuestos, pero principalmente está diseñado para despidos).
- Haber cotizado al IMSS durante un mínimo de 24 bimestres (equivalente a 4 años de contribuciones acumuladas, no necesariamente continuas).
- No haber ejercido este retiro en los últimos 5 años.
- Presentar la solicitud en un plazo máximo de 46 días naturales a partir de la fecha de baja del IMSS.
¿Cuánto dinero puedes retirar?
El monto disponible es el menor de estos dos valores:
- 30 días de tu último salario base de cotización, o
- el 11.5% del saldo total de tu subcuenta de retiro.
Este retiro se realiza directamente de tu subcuenta de retiro (no de vivienda) a través de tu AFORE. Para consultar cuál es tu AFORE y cuánto tienes acumulado, puedes llamar a PROCESAR al 800 500 0747 o visitar el portal e-sar.com.mx.
¿Qué hago si mi empleador no me estaba cotizando al IMSS?
Si descubres que tu patrón no te estaba dado de alta en el IMSS o que declaraba un salario inferior al real, tienes derecho a reclamar ese incumplimiento. Puedes:
- Presentar una denuncia ante la Subdelegación del IMSS correspondiente a tu domicilio.
- Iniciar un proceso ante el Centro de Conciliación Laboral para que la empresa pague las cuotas omitidas.
- El IMSS tiene la facultad de fiscalizar al patrón y exigirle el pago retroactivo de cotizaciones, lo que puede beneficiar directamente tu historial de semanas cotizadas.
Recuerda que las semanas cotizadas son fundamentales para acceder a prestaciones futuras como el retiro por edad (65 años con 1,250 semanas mínimas) o la pensión de invalidez.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo mis semanas cotizadas si dejo de trabajar?
No. Las semanas que ya cotizaste se conservan de por vida y se suman a las que acumules con futuros empleos. Lo que se detiene mientras no cotizas es la acumulación de nuevas semanas, no las ya registradas.
¿Puedo seguir cotizando al IMSS por mi cuenta tras quedar desempleado?
Sí. Existe la continuación voluntaria al régimen obligatorio (Art. 218 LSS): puedes mantener tu aseguramiento pagando tú las cuotas, lo que te permite seguir sumando semanas para tu pensión. Debes solicitarla dentro del plazo legal tras tu baja.
Tengo crédito INFONAVIT y me quedé sin empleo, ¿qué pasa con mis pagos?
Al dejar de trabajar dejan de descontarte de la nómina, pero el crédito sigue vigente. El INFONAVIT ofrece prórrogas y un Fondo de Protección de Pagos que puede cubrir mensualidades durante el desempleo si cumples requisitos. Contacta al INFONAVIT para activar la prórroga y evitar que tu crédito caiga en cartera vencida.
¿Cómo retiro dinero de mi AFORE por desempleo?
Es un trámite distinto al del IMSS. Revisa requisitos, montos y pasos en nuestra guía dedicada: Tu AFORE al renunciar o ser despedido.
Vigencia de las cifras: los valores legales de esta guía (salarios mínimos, UMA, topes y exenciones) fueron verificados contra las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF). Última revisión: 25 de mayo de 2026.
Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboral. Para tu caso específico, consulta a un profesional o a la PROFEDET (800 911 7877).
Sobre el Autor
Equipo Editorial de Finiquito Express
Contenido verificado contra la LFT, la LISR y publicaciones del DOF
Las guías de Finiquito Express son redactadas y revisadas por nuestro equipo editorial, cotejando cada cifra y artículo citado contra el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y las últimas publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF). Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal individual; para tu caso concreto consulta a un abogado laboral o a la PROFEDET (800 911 7877).