PTU 2026: Qué es la Participación de Utilidades, Cómo Calcularla y Cuándo la Cobras
Equipo Editorial de Finiquito Express
Contenido verificado contra la LFT, la LISR y publicaciones del DOF
Cada año, entre los meses de mayo y junio, miles de trabajadores en México tienen derecho a recibir su parte de las ganancias anuales de la empresa. Esta prestación, conocida como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), está regulada por los Artículos 117 al 131 de la LFT y es una obligación legal para casi toda empresa que haya tenido ganancias fiscales en el año anterior.
¿Qué es el PTU y por qué existe?
La participación de utilidades es el derecho constitucional de los trabajadores a recibir una parte de las ganancias generadas por la empresa en la que laboran. Su fundamento está en el Artículo 123, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se detalla en la LFT. Representa el reconocimiento de que los trabajadores contribuyen activamente a generar las utilidades de la empresa.
El porcentaje que los trabajadores reciben del total de utilidades fiscales es del 10%, fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
¿Qué empresas están obligadas a pagar PTU?
Todas las empresas (personas físicas o morales) con actividad lucrativa que hayan generado utilidades fiscales en el ejercicio anterior están obligadas, con las siguientes excepciones principales:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de operaciones.
- Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un nuevo producto durante los dos primeros años.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
- El IMSS y organismos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas mineras de nueva creación durante el período de exploración.
¿Quién tiene derecho a cobrar el PTU?
Todo trabajador que haya prestado servicios durante el año fiscal correspondiente tiene derecho a participar en las utilidades, siempre que haya laborado un mínimo de 60 días durante el año. Estos 60 días no necesitan ser consecutivos; puede acumularse el tiempo de distintos períodos.
No tienen derecho al PTU:
- Directores, administradores y gerentes generales (altos directivos con poder de mando sobre la empresa).
- Trabajadores domésticos.
- Trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año.
¿Cómo se distribuye el 10% de las utilidades?
El monto total de utilidades a repartir se divide en dos partes iguales del 50% cada una:
- Primera parte (50% — Por días trabajados): se divide en partes iguales entre todos los trabajadores, en proporción al número de días efectivamente laborados durante el año. Un trabajador con 365 días recibe más que uno con 180 días.
- Segunda parte (50% — Por salario): se distribuye en proporción al salario percibido por cada trabajador durante el año. A mayor salario, mayor participación en esta parte.
Tope para trabajadores con altos salarios (Reforma 2021)
A partir de la reforma laboral de agosto de 2021, el PTU individual de cada trabajador tiene un tope máximo equivalente al mayor de: tres meses de salario del trabajador, o el promedio del PTU recibido por ese trabajador en los últimos tres años. Este tope busca distribuir mejor las utilidades entre todos los trabajadores y evitar que posiciones directivas se lleven una porción desproporcionada.
¿Cuándo debe pagarse el PTU?
Los plazos de pago del PTU están definidos en el Artículo 122 de la LFT y dependen del tipo de contribuyente:
- Personas morales (empresas con RFC de tipo moral): dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deban presentar su Declaración Anual ante el SAT. Para la mayoría, esto significa que el PTU debe pagarse a más tardar en mayo del año en curso (por las utilidades del año anterior).
- Personas físicas con actividad empresarial: dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su Declaración Anual, que vence el 30 de abril. Por tanto, su PTU debe pagarse a más tardar en junio.
¿Qué pasa con el PTU si ya no trabajo en la empresa?
Este es un punto que muchos trabajadores desconocen: si trabajaste en una empresa durante parte del año anterior y luego te separaste —por renuncia o despido—, sigues teniendo derecho al PTU proporcional a los días que laboraste. El Artículo 127, fracción VI de la LFT establece este derecho expresamente.
Para cobrar el PTU que te corresponde de una empresa donde ya no laboras:
- Contacta al departamento de Recursos Humanos o Nómina de tu ex-empleador en los meses de mayo-junio del año siguiente a tu salida.
- Proporciona tus datos y número de cuenta bancaria para la transferencia.
- Si la empresa se niega, tienes el derecho de reclamar ante la PROFEDET o el Centro de Conciliación Laboral. El plazo de prescripción es de un año a partir de la fecha en que se volvió exigible el pago (Art. 516 LFT).
¿El PTU paga impuestos?
Sí, el PTU está sujeto al ISR, pero tiene una parte exenta. Conforme al Artículo 93, fracción XIV de la Ley del ISR, el PTU está exento hasta el equivalente a 15 días del salario mínimo general del área geográfica correspondiente. El excedente se grava a la tasa del período o se integra al ingreso acumulable del ejercicio, según el método de cálculo que aplique el empleador.
Preguntas frecuentes
¿El PTU es parte de mi finiquito?
No. El PTU se paga en su propia fecha (mayo–junio) y por separado del finiquito. Si te separaste de la empresa el año anterior, no lo recibes el día de tu salida, sino cuando la empresa reparte utilidades del ejercicio en que trabajaste.
¿El PTU integra mi salario para el IMSS o el finiquito?
No. El Artículo 27 de la Ley del Seguro Social excluye expresamente el PTU del Salario Base de Cotización, y tampoco se integra al salario para calcular indemnizaciones. Es un concepto independiente. Puedes ver qué sí integra el salario en salario integrado vs. nominal.
Ya no trabajo ahí, ¿cómo me entero de cuándo pagan el PTU?
Mantente en contacto con el área de Nómina de tu ex-empleador entre mayo y junio. Si no localizas a la empresa o se niega a pagarte, tienes un año para reclamar (Art. 516 LFT) ante la PROFEDET o el Centro de Conciliación.
¿Cuánto del PTU está libre de impuestos?
Los primeros 15 días de salario mínimo están exentos de ISR. El resto se grava. Revisa el tratamiento fiscal completo de tus pagos laborales en ISR sobre finiquito y liquidación.
Vigencia de las cifras: los valores legales de esta guía (salarios mínimos, UMA, topes y exenciones) fueron verificados contra las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF). Última revisión: 25 de mayo de 2026.
Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboral. Para tu caso específico, consulta a un profesional o a la PROFEDET (800 911 7877).
Sobre el Autor
Equipo Editorial de Finiquito Express
Contenido verificado contra la LFT, la LISR y publicaciones del DOF
Las guías de Finiquito Express son redactadas y revisadas por nuestro equipo editorial, cotejando cada cifra y artículo citado contra el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y las últimas publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF). Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal individual; para tu caso concreto consulta a un abogado laboral o a la PROFEDET (800 911 7877).